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Resumen de dictámenes de CBP

¿Qué dictámenes emitió CBP en agosto de 2026?

4 dictámenes de la sede central y 124 dictámenes de Nueva York con fecha de agosto de 2026, según lo publicado hasta ahora en CROSS.

¿Qué decidió la sede central de CBP?

Los dictámenes de la sede central (Headquarters, HQ) deciden cuestiones de clasificación, origen, valor, marcado y otras, y revocan o modifican dictámenes anteriores.

  • H335808(abre CROSS)24 agoClasificación

    Tres losas de porcelana cerámica Xtone de España permanecen en 6914.10.80

    CBP confirmó la resolución NY N329628 sobre las losas cerámicas Xtone de España, que después de la importación se cortan en encimeras y productos similares. El solicitante argumentó que las losas Aria White, Carrara White y Solo White deberían clasificarse como gres (stoneware) en 6914.90.80 porque no están terminadas. CBP las mantuvo en 6914.10.80 como porcelana, porque las pruebas de laboratorio demostraron que cumplen con la definición de porcelana de la Nota 5(a) de EE. UU. al Capítulo 69.

    A quién afecta: Los importadores de losas cerámicas sin terminar deben saber que CBP las clasifica como porcelana según la absorción de agua, la translucidez y la blancura, sin importar si el artículo está terminado o no.

    Asunto de CBP: Affirmation of NY N329628; Classification of Xtone ceramic surfaces from Spain

    HTS 6914.10.80

  • H356809(abre CROSS)24 agoClasificación

    El PEG 3350 USP a granel sigue clasificado como poliéter en la subpartida 3907.29.00

    Hampton Pharma LLC solicitó la reconsideración de la resolución NY N351915 relativa al polietilenglicol (PEG) 3350 USP, un polvo a granel de grado farmacéutico vendido a fabricantes para su posterior procesamiento. La empresa argumentó que debía clasificarse como éter químico orgánico en la partida 2909 o como medicamento en la partida 3004, pero CBP determinó que los derivados polimerizados pegilados están excluidos del Capítulo 29 y que el producto no está presentado en dosis medidas para la venta al por menor. CBP confirmó la resolución NY N351915, clasificando el PEG 3350 en la subpartida 3907.29.00, que abarca otros poliéteres en formas primarias.

    A quién afecta: Los importadores de polietilenglicol a granel de grado farmacéutico o de productos intermedios poliméricos pegilados similares deben esperar una clasificación conforme al Capítulo 39 como poliéteres, y no como productos químicos orgánicos o medicamentos terminados, salvo que el producto esté presentado en dosis medidas para la venta al por menor.

    Asunto de CBP: Affirmation of NY N351915; Tariff classification of Polyethylene Glycol (PEG) 3350 USP (CAS # 25322-68-3)

    HTS 3907.29.00

  • H357206(abre CROSS)7 agoValoración

    CBP rechaza la valoración por primera venta para importaciones de equipos de mezcla entre partes relacionadas

    Un importador de equipos de mezcla solicitó a CBP que aprobara el uso del precio de la primera venta entre un fabricante extranjero relacionado y un intermediario como base del valor de transacción. CBP determinó que el importador no demostró que la venta no estuviera afectada por la relación entre las partes, citando una parte indefinida de los costos generales en el precio de transferencia, la facultad del fabricante para ajustar el precio según cambios en el volumen de pedidos, y la falta de comprobantes de pago a nivel de transacción. CBP concluyó que el precio de la primera venta no constituye una base aceptable para la valoración conforme a 19 U.S.C. 1401a(b).

    A quién afecta: Los importadores que utilicen la valoración por primera venta con proveedores relacionados deben presentar registros completos de pago a nivel de transacción y demostrar que la fórmula del precio de transferencia es fija y objetiva, no sujeta a ajustes abiertos.

    Asunto de CBP: Prospective Ruling Request; First Sale

  • H360670(abre CROSS)6 agoClasificación

    El equipo para eventos de la CONCACAF califica para ingreso libre de derechos bajo la subpartida 9817.60.00

    La CONCACAF solicitó tratamiento libre de derechos para uniformes, equipo deportivo, equipo de transmisión, materiales de acreditación, artículos de patrocinadores y otros elementos importados para sus eventos internacionales de fútbol en los Estados Unidos y en el extranjero de 2026 a 2030. CBP resolvió que estos bienes califican bajo la subpartida 9817.60.00 del HTSUS como equipo y materiales importados en relación con un evento atlético internacional, siempre que los artículos no se vendan ni se distribuyan al público y sean importados por la CONCACAF o sus proveedores, o en su nombre, conforme a acuerdos formales. CBP también determinó que los bienes excedentes donados posteriormente con fines caritativos, de legado o comunitarios siguen siendo elegibles, siempre que no se revendan ni se entreguen al público.

    A quién afecta: Los importadores y proveedores que manejan equipo para la CONCACAF o eventos atléticos internacionales similares pueden usar esta resolución para respaldar el ingreso libre de derechos bajo la subpartida 9817.60.00, si los bienes permanecen fuera de la venta pública y acuerdos adecuados documentan quién importa en nombre del organizador del evento.

    Asunto de CBP: Subheading 9817.60.00, HTSUS; Equipment and Goods Related to CONCACAF

¿Qué mercancías clasificaron los dictámenes de Nueva York?

Los dictámenes de Nueva York (NY) son dictámenes de clasificación de la National Commodity Specialist Division, agrupados por capítulo HTS.

Los asuntos de los dictámenes de Nueva York son el texto original en inglés de CBP.

Capítulo 98

  • N363252(abre CROSS)The tariff classification of a spinal fixation system, a surgical instrument system, sterilization containers, a pedicle screw, and a nut breaker from France9817.00.96
  • N363602(abre CROSS)The tariff classification of Glide Ankle-Foot Orthosis (AFO) from China9817.00.96

Sin número HTS

Los resúmenes son información general, no asesoría legal. Un dictamen obliga a CBP solo respecto de la mercancía y los hechos que describe (19 CFR 177.9). Otros meses

¿Un dictamen cambia la clasificación de su mercancía?

Envíenos su lista de productos. La comparamos con los dictámenes nuevos y le decimos qué cambia para sus entradas.

Llame al (908) 291-8001 o escriba a info@alliedchb.com

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