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Retenciones · Detención · Incautación · Orden general

CBP retuvo, detuvo o incautó su carga

Una retención para examen, una detención (detention) y una incautación (seizure) son tres pasos distintos con tres plazos distintos. Averigüe cuál tiene y actúe antes de que venza el plazo.

Lo básico

¿Cuál es la diferencia entre una retención, una detención y una incautación?

Una retención para examen (exam hold) significa que CBP quiere revisar la mercancía antes de liberarla. Puede ser un escaneo de rayos X, una revisión en la puerta del contenedor en la terminal o un examen intensivo en una estación de examen centralizada (Centralized Examination Station, CES). Las terminales y los transportistas muestran las retenciones con códigos cortos como CET, MET o «intensive exam».

Una detención (detention) significa que CBP retiene la mercancía mientras decide si puede entrar. Conforme a 19 CFR 151.16, la mercancía que CBP no libera dentro de los 5 días hábiles posteriores a su presentación para examen queda detenida.

Una incautación (seizure) significa que CBP se queda con la mercancía porque tiene motivos razonables para creer que se violó una ley (19 CFR 162.21). Ejemplos de 19 U.S.C. 1595a(c) son la mercancía de contrabando, la mercancía sin una licencia o un permiso obligatorio, la mercancía falsificada y algunas infracciones del marcado de país de origen.

La orden general (general order) es otra cosa. Se aplica a mercancía sin entrada. Después de 15 días naturales, va a un almacén de orden general por cuenta y riesgo del consignatario.

Las retenciones para otras agencias siguen sus propias reglas.

Las reglas de detención de 5 y 30 días no se aplican cuando CBP retiene mercancía para otra agencia que decide su admisibilidad (19 CFR 151.16(a)). Por ejemplo, la FDA y el USDA. Las detenciones por trabajo forzoso conforme a una orden de retención de liberación (withhold release order) o a la UFLPA también siguen reglas aparte (19 CFR 12.42 a 12.45).

Plazo

¿Cuáles son los plazos de una retención, una detención y una incautación?

Cada plazo empieza con un evento distinto. Guarde cada aviso y anote su fecha.
Plazos: Retención, detención o incautación aduanal
EventoPlazoNorma
Mercancía presentada para examen de CBPCBP decide liberarla o detenerla dentro de 5 días hábiles19 CFR 151.16(b)
CBP decide detenerCBP envía un aviso de detención dentro de los 5 días hábiles posteriores a esa decisión19 CFR 151.16(c)
Decisión final sobre la mercancía detenidaDentro de los 30 días posteriores a la presentación para examen; si no, la mercancía se considera excluida y puede presentar una protesta19 CFR 151.16(e) y (f)
Protesta por mercancía excluidaCBP debe decidir dentro de 30 días; si no, la protesta se considera denegada19 CFR 151.16(g); 19 CFR 174.21(b)
Envío del aviso de incautaciónPetición de alivio dentro de 30 días, o reclamación para llevar el caso a un tribunal dentro de 35 días19 CFR 171.2(b)(1); 19 CFR 162.94(b)
Sin entrada después del arriboOrden general después de 15 días naturales; la mercancía no reclamada puede venderse después de 6 meses19 CFR 4.37 y 122.50; 19 U.S.C. 1491

La mercancía cuenta como presentada para examen solo cuando un oficial de CBP puede verla y examinarla. Un contenedor cerrado en la terminal no está presentado (19 CFR 151.16(b)).

Riesgo

¿Qué pasa si no hago nada?

En una retención para examen, los cargos de almacenaje y de examen siguen aumentando. El importador paga el costo de preparar la mercancía para el examen y de volver a cerrar los bultos (19 CFR 151.6).

En una detención, CBP puede liberar la mercancía, negar la entrada, permitir la exportación o incautarla (19 CFR 151.16(j)). Si usted no da a CBP la información que pide, la decisión se toma sin ella.

En una incautación, si no presenta una petición o una reclamación a tiempo, CBP puede iniciar el procedimiento de decomiso y usted puede perder la mercancía.

En orden general, la mercancía perecedera puede venderse después de 3 días de aviso público (19 CFR 127.28). El resto de la mercancía no reclamada puede venderse en subasta pública después de 6 meses (19 U.S.C. 1491).

Lista de documentos

¿Qué necesitamos de usted?

Envíenos cada aviso que recibió, incluso un correo breve del transportista o de la terminal.
  • El mensaje de retención o el aviso

    La retención del transportista o de la terminal, el aviso de detención o el aviso de incautación, con su fecha.

  • Conocimiento de embarque o guía aérea

    Y los números de contenedor o de bulto.

  • Factura comercial y lista de empaque

    Los documentos que CBP comparará con la mercancía.

  • Permisos, licencias y certificados

    Cualquier documento que otra agencia exija para la mercancía, y la autorización del titular de la marca para productos de marca.

  • Literatura del producto y fotos

    Qué es la mercancía, de qué está hecha y cómo está marcada.

  • Un poder aduanal a favor de Allied CHB

    Si no somos su agente aduanal en este envío. Fírmelo en línea en alliedchb.com/poa.

Proceso

¿Cómo lo gestionamos?

Lo primero es saber cuál de los tres casos tiene. Todo lo demás depende de eso.
  1. UstedEl mismo día

    Envíenos el mensaje de retención o el aviso

    Reenvíe lo que le mandó el transportista, la terminal o CBP. Leemos el tipo de retención y las fechas.

  2. Allied

    Confirmamos la retención con CBP y la terminal

    Revisamos el estado de la carga en ACE y con el sitio de examen. Le decimos el tipo de retención y lo que CBP necesita.

  3. Allied

    Coordinamos el examen

    Para un examen intensivo, organizamos con el transportista el traslado a la estación de examen y enviamos a CBP los documentos que pide.

  4. Allied

    Respondemos un aviso de detención

    Enviamos a CBP la información que indica el aviso y pedimos por escrito los resultados de las pruebas cuando las hay (19 CFR 151.16(d)).

  5. Usted

    Usted decide en caso de incautación

    Le explicamos las opciones del aviso, por ejemplo una petición de alivio o una reclamación para ir a un tribunal. Para una petición, reunimos los hechos y la presentamos dentro de 30 días.

  6. Allied

    Damos seguimiento hasta la liberación o la decisión

    Le avisamos cuando la mercancía se libere, y el siguiente plazo si CBP la excluye o la retiene.

Precio

¿Cuánto cuesta?

Tarifa fija de $200 por trámite. La tarifa fija de $200 cubre una retención para una entrada: la coordinación del examen, la respuesta a un aviso de detención o la petición por una incautación. Los cargos de la terminal, la estación de examen y el transporte son aparte.

Si son muchas entradas o una sanción grande, cotizamos la tarifa antes de empezar. Los aranceles, intereses, cargos y sanciones que se deben a CBP se pagan aparte y no forman parte de nuestra tarifa.

Confirmamos la tarifa y el alcance por escrito antes de empezar.

Preguntas

¿Qué más debo saber?

¿Cuánto tarda un examen de CBP?

Depende del tipo de examen, el puerto y la estación de examen. Un examen intensivo tarda más que un escaneo, porque el contenedor debe trasladarse a la estación de examen y descargarse. Conforme a 19 CFR 151.16, CBP debe decidir si libera o detiene la mercancía dentro de los 5 días hábiles posteriores a su presentación para examen.

¿Quién paga un examen aduanal?

El importador paga el traslado de la mercancía al examen y la preparación y el cierre de los bultos (19 CFR 151.6). La estación de examen, la terminal y el transportista envían sus propias facturas. La tarifa de Allied no incluye esos cargos.

¿Puedo optar por exportar la mercancía?

A veces. Cuando la ley lo permite, CBP puede negar la entrada y dejarle exportar la mercancía detenida por su cuenta en lugar de incautarla (19 CFR 151.16(j)). En una incautación, el aviso indica las opciones.

¿Qué debe incluir una petición por incautación?

Debe describir la mercancía y dar la fecha y el lugar de la incautación. También debe exponer los hechos que justifican el alivio y probar su interés en la mercancía (19 CFR 171.1(c)). Un agente aduanal o un abogado puede firmar una petición por una infracción comercial.

¿Presento una petición o llevo el caso a un tribunal?

Una petición pide a CBP que devuelva la mercancía o reduzca la sanción. Una reclamación (claim) lleva el caso a un tribunal federal, y el gobierno debe presentar una demanda dentro de 90 días (19 CFR 162.94). Un juicio requiere un abogado. Le decimos cuándo un caso lo necesita.

Mi mercancía está en orden general. ¿Todavía puedo presentar la entrada?

Sí, hasta que se venda. Usted presenta la entrada y paga los aranceles y todos los cargos de almacenaje y traslado de la orden general. Actúe rápido: la mercancía no reclamada puede venderse después de 6 meses, y la perecedera mucho antes.

Solicitud: Retención, detención o incautación aduanal

Tarifa fija de $200

No envíe un EIN, un número de Seguro Social ni contraseñas en este formulario. Se los pedimos después por un canal seguro.

O llame al (908) 291-8001 o escriba a info@alliedchb.com.

¿Otro aviso de CBP u otro problema? Vea todos los problemas posteriores a la entrada y sus plazos.

Envíenos el aviso. Primero revisamos el plazo.

Envíe el aviso y el número de entrada. Le decimos cuánto tiempo tiene y qué hacer después. La tarifa es de $200 por trámite.

Llame al (908) 291-8001 o escriba a info@alliedchb.com

Última revisión: 26 de septiembre de 2026. Esta página explica las normas aduaneras en términos generales y no es asesoría legal. Las tasas arancelarias y los procedimientos de CBP cambian con frecuencia, y confirmamos por escrito las cifras de su envío antes de que usted decida.

Esta página es una traducción. La versión en inglés de este sitio web es la versión oficial. Nuestros formularios en línea y nuestros documentos están en inglés. English